Ofrece unas posibilidades comerciales casi ilimitadas, con iniciativas realmente interesantes para el consumidor, pero también abre la puerta a prácticas comerciales agresivas, basadas en muchas ocasiones, en el engaño.
Cómo librarse del ‘spam’.
Todos los usuarios de Internet los recibimos tarde o temprano y nos llenan el buzón de correo de asuntos y reclamos que nos interesan bien poco, son los denominados correos spam o correos basura. La palabra spam tiene que ver con una marca de comida basura. En España el spam está prohibido por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), publicada en el BOE del 12 de julio de 2002, pero aún así circulan y se reciben llegados de cualquier parte del mundo, en cualquier idioma.
Una de las fórmulas más extendidas es la de esconder el spam tras uno de esos mensajes que, para más INRI, intentan meter nuestros datos en una cadena. Una falsa noticia, una petición de ayuda para alguien que lo necesita con urgencia, un falso test… Siempre alguien acaba “picando”.
¿Qué hacer? ¿Cómo evitarlo? ¿Cómo escapar a estas técnicas? La propia Red suministra mucha información pero generalmente de forma y con lenguaje técnico difícil de comprender para usuarios sin conocimientos informáticos. Una página argentina resume de manera muy inteligible y amena este asunto y explica cómo defenderse de este tipo de correo no deseado.
Existen otros tipos de spam, como por ejemplo el telefónico. ¿Quién no ha recibido una llamada “comercial” de operadores telefónicos u otras empresas para ofrecer productos o servicios? Desde el pasado diciembre esta actividad está regulada en España por una Ley que regula el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad ilícita para incrementar la seguridad de los consumidores.
La nueva Ley regula por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico las prácticas comerciales agresivas y tipifica con claridad las prácticas comerciales desleales, es decir, aquellas conductas engañosas que contengan información falsa o que, aun siendo veraz por su contenido o presentación, pueda inducir a error a los destinatarios; por ejemplo, en cuestiones como la asistencia postventa o el tratamiento de las reclamaciones.
Entre otras conductas, se consideran desleales:
- La comparación pública de la actividad, las prestaciones o el establecimiento propio o ajeno con los de un tercero cuando dicha actividad se refiera a extremos que no sean análogos, relevantes ni comparables.
- La ocultación de información necesaria para que los consumidores puedan adoptar un comportamiento económico con conocimiento de causa.
- La transmisión de información de manera poco clara, ininteligible, ambigua o en un momento que no sea adecuado. Inducir a los consumidores a tomar decisiones inmediatas con el pretexto de que un bien o servicio sólo estará disponible durante un período de tiempo limitado y esto no sea cierto.
- Presentar los derechos que otorga la legislación a los consumidores o usuarios como si fueran una característica distintiva de la oferta del empresario o profesional.
Web anti-crisis.
Gratis total, sin gastarse un euro, o por muy poco dinero, se pueden conseguir cosas útiles o incluso darse algún pequeño capricho. Este tipo de ofertas “milagro” pueden encontrarse en algunas páginas de Internet, como por ejemplo ésta.
La situación de crisis por que atravesamos desde hace ya tres años (¿dónde está el dinero?), van poniendo de moda este tipo de iniciativas que conviene tener en cuenta. Aunque la mayoría de ofertas se centra en Madrid u otras grandes urbes, también recoge ofertas, chollos y promociones que se promocionan a través de Internet y a las que se puede tener acceso desde cualquier lugar.
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